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Hermanos fueron condenados por estafar con falsas inversiones en dólares

Prometían importantes ganancias financieras, pero terminaron acusados de perjudicar a varias víctimas por más de 130.000 dólares.

Hermanos fueron condenados por estafar con falsas inversiones en dólares

Prometían importantes ganancias financieras, pero terminaron acusados de perjudicar a varias víctimas por más de 130.000 dólares.

Una investigación por millonarias estafas financieras tuvo su cierre judicial en San Juan. Los hermanos Ezequiel Martínez Zapata y Eber Elías Zapata fueron declarados culpables luego de aceptar su responsabilidad en el marco de un juicio abreviado, en una causa en la que estaban acusados de perjudicar a numerosos ahorristas mediante falsas promesas de ganancias en dólares.

De acuerdo con la investigación penal, los condenados habrían montado un esquema basado en supuestas inversiones que ofrecían retornos rápidos y extraordinarios en moneda extranjera. Bajo esa modalidad, lograron captar importantes sumas de dinero de distintas víctimas, con un perjuicio económico que superó los 130.000 dólares.

El entramado comenzó a quedar al descubierto cuando los damnificados advirtieron que el dinero entregado no era restituido y que las ganancias prometidas nunca se concretaban. A partir de las denuncias, el Ministerio Público Fiscal, junto con la querella, avanzó en una serie de tareas investigativas que permitieron reconstruir la maniobra y reunir elementos probatorios contra los imputados.

Tras varios meses de seguimiento y recopilación de evidencia, la causa llegó a una instancia decisiva en tribunales. En audiencia, la jueza de Garantías interviniente resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado, declarar la culpabilidad de ambos acusados y condenarlos como coautores penalmente responsables del delito de estafa en cuatro hechos, en concurso real.

La pena impuesta fue de tres años de prisión de cumplimiento condicional, por lo que los hermanos Zapata evitaron la cárcel efectiva. Sin embargo, la Justicia les fijó una serie de restricciones y obligaciones que deberán cumplir durante el plazo establecido.

Entre las medidas dispuestas, se les ordenó fijar domicilio y se les prohibió acercarse o comunicarse con las víctimas denunciantes, ya sea de manera personal, a través de terceros o por cualquier medio electrónico o digital. También tienen vedado realizar actos molestos, intimidatorios o perturbatorios contra los damnificados identificados en el legajo.

Con esta resolución, la causa por las falsas inversiones financieras cerró una etapa clave en el ámbito judicial, con una condena que reconoce la responsabilidad penal de los imputados y establece medidas de protección para las víctimas.

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